La Comisión Federal de Comunicaciones (Federal Communications Commission, FCC, por sus siglas en inglés) establece límites al número de emisoras –de radio y televisión— que una misma entidad puede poseer. La FCC también establece límites a la propiedad común de emisoras y diarios. En conformidad con lo dispuesto por el Congreso, la FCC examina las normas de propiedad de medios cada cuatro años, para determinar si éstas siguen favoreciendo los intereses del público y para derogar o modificar cualquier norma que no cumpla con estos requisitos.

A continuación, un resumen de las actuales normas de propiedad de medios.

Propiedad cruzada de diarios y estaciones transmisoras

Las normas de la Comisión prohíben que la propiedad de una estación de alta potencia y de un diario queden en manos de una misma persona, cuando el contorno de emisión de la estación (definido de manera separada para cada tipo de estación) abarca por completo la ciudad en la que el diario es publicado y la estación y el diario se ubican en el mismo mercado relevante definido por Nielsen –la empresa de sondeos de audiencia de medios. Esta prohibición no se aplica si el diario o la estación emisora fracasan.

Normas de propiedad de TV a nivel nacional

Las normas de propiedad de emisoras de televisión a nivel nacional no limitan el número de estaciones de televisión que una misma entidad puede poseer a nivel nacional, siempre y cuando el conglomerado no llegue, colectivamente, a más del 39 por ciento de la audiencia de televisión –medida en unidades habitacionales-- de todo Estados Unidos. Con el propósito de calcular “el alcance de audiencia nacional”, las estaciones de TV en canales UHF (14 y superiores) tienen menos incidencia numérica que los canales de TV que operan en canales VHF (13 e inferiores). Esto último también se conoce como el descuento UHF (UHF Discount, en inglés). Las normas de propiedad de emisoras de televisión (National TV Ownership rules, en inglés) ya no están sujetas a las evaluaciones cuatrienales de la FCC.

Duplicidad de propiedad de redes de TV

Las normas de la FCC prohíben las fusiones entre dos de cualquiera de las siguientes redes transmisoras: ABC, CBS, Fox y NBC.

Propiedad múltiple de estaciones de TV locales

Se permite a una misma entidad ser propietaria de hasta dos estaciones de TV en un área de mercado designada (Designated Market Area, DMA, por sus siglas en inglés) si:

  • Las áreas de servicio – conocidas como el contorno de cobertura de servicio digital limitado por ruido (digital noise limited service contour, en inglés) de las estaciones no se superponen.
  • Por lo menos una de las estaciones no está calificada como una de las cuatro estaciones principales en el DMA (en base a su porción de audiencia) y por lo menos ocho estaciones de TV independientes permanecerán en ese mercado tras la combinación propuesta.

Propiedad cruzada de estaciones de radio y TV

Las restricciones a la propiedad se basan en una escala gradual que varía según el tamaño de cada mercado:

  • En los mercados con por lo menos 20 “medios de difusión” de propiedad independiente (definidas como estaciones de radio y de TV de alta potencia; diarios principales y el sistema de cable del mercado), una entidad puede ser propietaria de un máximo de dos estaciones de TV y seis estaciones de radio (o de una estación de TV y siete estaciones de radio).
  • En los mercados con por lo menos 10 “medios de difusión” de propiedad independiente, una entidad puede ser propietaria de un máximo de dos estaciones de TV y cuatro estaciones de radio.
  • En los mercados más pequeños, una entidad puede ser propietaria de un máximo de dos estaciones de TV y una estación de radio.

En todos los mercados, las entidades deben cumplir con los límites de propiedad para radio y TV establecidos a nivel local.

Propiedad de radio a nivel local

Las restricciones a la propiedad de estaciones de radio se basan en una escala gradual que varía según el tamaño de cada mercado:

  • En un mercado con 45 estaciones de radio o más, una entidad puede ser propietaria de un máximo de ocho estaciones de radio, de las cuales hasta cinco pueden destinarse al mismo servicio (AM o FM).
  • En un mercado con 30 a 44 estaciones de radio, una entidad puede ser propietaria de un máximo de siete estaciones de radio, de las cuales hasta cuatro pueden destinarse al mismo servicio.
  • En un mercado con 15 a 29 estaciones de radio, una entidad puede ser propietaria de un máximo de seis estaciones de radio, de las cuales hasta cuatro pueden destinarse al mismo servicio.
  • En un mercado con 14 o menos estaciones de radio, una entidad puede ser propietaria de un máximo de cinco estaciones de radio, de las cuales hasta tres pueden destinarse al mismo servicio, siempre y cuando la entidad no posea más del 50 por ciento de todas las estaciones de radio de ese mercado.

 

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