¿Es usted un miembro de las Fuerzas Armadas que se trasladará a una ubicación que no es compatible con su contrato de telefonía celular? ¿Su reubicación durará al menos 90 días?
Según la Ley de ayuda civil para miembros de las Fuerzas Armadas, usted tiene del derecho de cancelar el contrato de telefonía celular siempre que haya ingresado a dicho contrato antes de recibir la orden militar para reubicarse.
¿Cómo cancelo mi contrato de telefonía celular?
Un miembro de las Fuerzas Armadas con derecho a cancelar su contrato de telefonía celular debe enviar al proveedor del servicio un aviso escrito o electrónico, una copia de la orden militar y la fecha a partir de la cual se cancelará el servicio.
La entrega de la información y los documentos debe realizarse según las normas de la industria, lo que significa que debe consultar con su proveedor del servicio para determinar el mejor método de entrega.
¿Qué más debo saber?
Es posible que el proveedor de telefonía celular no evalúe aplicar un cargo por cancelación anticipada, pero puede evaluar la aplicación de impuestos y otros cargos vencidos y no pagados.
El proveedor debe, en un plazo de 60 días a partir de la cancelación del contrato, reembolsar todos los montos o tarifas pagados por anticipado, excepto por el resto del período de facturación mensual en el que ocurre la cancelación.
Cuando un miembro de las Fuerzas Armadas elegible que se está reubicando posee un contrato para un plan familiar de telefonía celular, el contrato se puede cancelar para el miembro y para cualquier otro beneficiario que acompañe al miembro al lugar de la reubicación.
¿Qué sucede si deseo conservar mi número de teléfono móvil?
Si el período de reubicación del miembro de las Fuerzas Armadas es por tres años o menos, y el miembro vuelve a suscribirse al servicio de telefonía celular en un plazo de 90 días a partir del último día de la reubicación, el proveedor debe permitir al miembro conservar su número de teléfono celular original.
¿Dónde puedo obtener ayuda legal?
Si tiene dudas sobre si la Ley de ayuda civil para miembros de las Fuerzas Armadas se aplica en su caso, comuníquese con la oficina local del Programa de Asistencia Legal de las Fuerzas Armadas. Puede usar el buscador de oficinas (en inglés) para encontrar la ubicación más cercana e información de contacto para cada rama de las Fuerzas Armadas. Los dependientes del miembro de las Fuerzas Armadas también pueden comunicarse o visitar las oficinas militares de asistencia legal para obtener ayuda.
Otras protecciones de la Ley de ayuda civil para miembros de las Fuerzas Armadas
La Ley de ayuda civil para miembros de las Fuerzas Armadas es una ley federal que ofrece protecciones para miembros militares cuando ingresan en el servicio activo. Además del servicio de telefonía inalámbrica, la Ley de ayuda civil para miembros de las Fuerzas Armadas cubre asuntos como contratos de alquiler, depósitos de seguridad, alquileres prepagos, desalojos, contratos en cuotas, tasas de interés de tarjetas de crédito, tasas de interés de hipotecas, ejecuciones hipotecarias, procedimientos judiciales civiles, alquileres de automóviles, seguros de vida, seguros de salud y pagos de impuestos a la renta.
Para obtener más información sobre la Ley de ayuda civil para miembros de las Fuerzas Armadas, visite el sitio web de la Iniciativa para miembros y veteranos de las Fuerzas Armadas del Departamento de Justicia en www.servicemembers.gov (en inglés).
Información relacionada
- Itinerancia internacional y el uso de su teléfono móvil en otros países: www.fcc.gov/consumers/guides/itinerancia-internacional-como-usar-su-telefono-movil-en-el-extranjero
- Recargos por llamadas internacionales a teléfonos móviles: www.fcc.gov/consumers/guides/recargos-por-llamadas-internacionales-telefonos-moviles
- Comprenda su cuenta telefónica: www.fcc.gov/consumers/guides/comprenda-su-cuenta-telefonica
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Planes de Telefonía Móvil y los Miembros de las Fuerzas Armadas (pdf)
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